Los alcances del reglamento de la ley de Teletrabajo
- inprodesdi Org
- 11 ago 2023
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Sabemos las enormes ventajas de implementar el Teletrabajo en nuestro país, tanto al trabajador como a la entidad empleadora. Esta modalidad ahorra tiempo y costos al evitar el desplazamiento entre el domicilio y el trabajo, reduce la congestión de tráfico y las emisiones de carbono, concilia la vida familiar, social y laboral, puede reducir el espacio de trabajo en instalaciones de la empresa o facilitar la existencia de otros espacios con diferentes costos, busca incrementar la productividad, disminuye la tasa de ausentismo laboral, optimiza el tiempo de trabajo y facilita la inclusión de grupos vulnerables, entre otras.

Todos salen ganando, la empresa prioriza el trabajo por objetivos en lugar de seguir enfocando el valor en la gestión del tiempo y, este cambio de mentalidad, acorde a las necesidades del presente mercado debido a la revolución tecnológica, mejora la marca corporativa de la empresa y sobre todo hace aumentar la productividad de los empleados. En nuestro país hemos observado que las personas con discapacidad enfrentamos serias dificultades para acceder al mercado laboral y es por ello que el teletrabajo se presenta como una alternativa real de acceso laboral.
En el Perú contamos con una nueva norma legal, es la Ley del Teletrabajo, LEY Nº 31572, que reemplaza a la ley 30036. Esta norma tiene como objeto regular el teletrabajo en las entidades de la administración pública y en las instituciones y empresas privadas en el
marco del trabajo decente y la conciliación entre la vida personal, familiar y laboral, y promover políticas públicas para garantizar su desarrollo. El Artículo 16 de la ley, norma el Teletrabajo en favor de la población vulnerable y establece que el teletrabajo se fomenta en favor de la población vulnerable, estableciendo su realización preferentemente para el caso del personal en situación de discapacidad, gestante y en período de lactancia, además, del personal responsable del cuidado de niños, de personas adultas mayores y de personas con discapacidad.

Cuando la pandemia estuvo en su puntos más crítico, muchos se acogieron a la ley de teletrabajo, norma que inspiró las directrices generales para el trabajo remoto, que se instituyó en varias instituciones, entre ellas las del sector público. Los alcances del trabajo remoto sólo estuvieron vigentes hasta fines de febrero. Eso quiere decir, que las personas con discapacidad y las que son responsables del cuidado a personas con discapacidad para seguir trabajando desde casa deben acogerse a la Ley de Teletrabajo y su reglamento.
Es por ello que hacemos un llamado a las autoridades del Poder Ejecutivo para que se difunda la reglamentación de la norma. Urge poder aplicar ese dispositivo legal. Es verdad que la pandemia terminó, enhorabuena, pero la situación de las personas con discapacidad trasciende ese escenario laboral con creces.

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