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Educación Superior Accesible

  • Foto del escritor: inprodesdi Org
    inprodesdi Org
  • 11 ago 2023
  • 2 Min. de lectura

No son pocos los egresados de secundaria y estudiantes universitarios que se han

dirigido al Instituto Pro Desarrollo de la Persona con discapacidad para manifestar su

incomodidad o frustración cuando se han encontrado con un campus universitario

lleno de barreras arquitectónicas, o de otro tipo, que dificultan su libre desplazamiento

por su centro de estudios, sintiendo recortadas sus oportunidades de participación. 


ree

La Ley General de la Persona con Discapacidad establece en su Artículo 15, que la

persona con discapacidad tiene derecho a acceder, en igualdad de condiciones que las

demás, al entorno físico, los medios de transporte, los servicios, la información y las

comunicaciones, de la manera más autónoma y segura posible. Agrega que el Estado, a

través de los distintos niveles de gobierno, debe establecer las condiciones necesarias

para garantizar este derecho sobre la base del principio de diseño universal.   


A su vez, en su Artículo 35 aborda el tema de la educación y no dice que la persona con

discapacidad tiene derecho a recibir una educación de calidad, con enfoque inclusivo,

que responda a sus necesidades y potencialidades, en el marco de una efectiva

igualdad de oportunidades y que ninguna institución educativa pública o privada

puede negar el acceso o permanencia de una persona por motivos de discapacidad


Nuestros estudiantes universitarios deben desenvolverse en un marco de participación

activa, con la libertad que se requiere para que puedan desarrollar todas sus

potencialidades y para poder acceder a todos los espacios académicos que brinda el

campus sin señales que les indiquen que a determinados lugares su presencia no está

permitida. 


Que un compañero te diga "ese auditorio tiene ocho escalones, pero no te preocupes,

yo voy y te presto mis apunte"; es un gesto muy noble, solidario y de verdadero

compañerismo, pero esa no es la solución.


ree

La Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria - SUNEDU, tiene

como función asegurar una oferta educativa de calidad en favor de los estudiantes, a

través del licenciamiento y supervisión de este servicio público, con eficiencia,

predictibilidad, transparencia y respeto a la autonomía universitaria. Este organismo

público nació para proteger el derecho de los jóvenes a recibir una educación

universitaria de calidad y, de esta manera, mejorar sus competencias profesionales.


Sería ideal que el CONADIS contemple la posibilidad de suscribir un Convenio de

Cooperación con este organismo, a fin de que se creen mecanismos que permitan

supervisar los centros de estudios que tienen que corregir o modificar sus instalaciones

a favor de las personas que tengan diferentes tipos de discapacidad. Los mismos

alumnos podrían ser aliados estratégicos en esta tarea que en realidad beneficiaría a

todos. Se trata de subsanar errores, cumplir con las normas y realizar acciones afirmativas

que contribuyan a nuestra inclusión social.

 
 
 

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CONTÁCTANOS

Recibimos solicitudes, quejas y petitorios de las personas con discapacidad y adultas mayores que encuentran vulnerados sus derechos fundamentales. De acuerdo a la naturaleza y gravedad de lo expuesto, canalizamos sus reclamos ante la Defensoría del Pueblo, el CONADIS, Ministerios, INDECOPI, Congreso de la República o ante el Ministerio Público. 

Jr. Pedro Ruiz 817 Breña, Lima, Perú

Teléfono:

(+51) 990-336-767

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